Facultad Politécnica - Universidad Nacional de Asunción
Aranduka Vol. 2, nº 3 (Dic. 2011)
- 7 -
AMERICA LATINA
Brasil
1998
Colombia
1999
Argentina
2001
Chile
2001
Uruguay
2003
Paraguay
2010
La Firma Digital en el Paraguay
En junio del 2010, el Parlamento aprobó el
Proyecto de Ley Nº 4.017/10 “De validez
juridica de la fi rma electrónica, la fi rma
digital, los mensajes de datos y el expediente
electrónico”, luego de 6 meses, tuvo Sanción
Ficta el 23 de diciembre de 2010. Esta Ley, en su
Art. 38 determina que la Autoridad de Aplicación
será el Instituto Nacional de Tecnología y
Normalización. El 27 de setiembre del 2011, el
Poder Ejecutivo fi rmó el Decreto Nº 7.369, por
el que se reglamenta la Ley Nº 4.017.-
El futuro de la FD.
En el futuro la FD, puede convertirse en un
factor clave para facilitar el uso masivo de las
transacciones electrónicas. Con el uso de la
FD, el usuario, el ciudadano, verá facilitada y
garantizada sus comunicaciones, así como sus
operaciones y transacciones comerciales de todo
tipo. Así mismo, la FD habrá de contribuir con
la desburocratización y facilitar las relaciones
más ágiles con los órganos del gobierno,
especialmente con los entes de control y de
recaudaciones.