Facultad Politécnica - Universidad Nacional de Asunción
Aranduka Vol. 2, nº 3 (Dic. 2011)
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sus instituciones. En el año 1992, se aprueba
una nueva Constitución Nacional y con ello, un
Programa Constitucional de la República, en
cuyo marco se redefi nen los roles y funciones
del Poder Judicial, compatibles con un sistema
democrático de Gobierno.
“En julio de 1998, se aprueba un nuevo Código
Penal; en julio de 1999 un nuevo Código Procesal
Penal (que entró en vigencia en marzo del 2000), y
en noviembre del año 2000, la primera Ley Orgánica
del Ministerio Público en el Paraguay”
4
.
Con la vigencia de la Constitución en el año
1992, se realizó un paso central para asegurar
y desarrollar el proceso democrático en el
Paraguay. La Constitución previó una reforma
del sistema penal, la cual se basa principalmente
en un sistema oral y acusatorio (orientado al
sistema continental-europeo) y con principios y
garantías de un Estado de Derecho.
A partir del año 1996, se inició la reforma penal
que concluyó en el año 1999 con un nuevo
Código Penal, y en el 2000, con un Código
Procesal Penal, que implicaron cambios muy
profundos. Los nuevos procedimientos, obliga
a los operadores del sistema (jueces, fi scales,
defensores públicos, abogados, policías) no
solamente una nueva formación y capacitación
respecto a la parte normativa, sino también
la participación en el proceso de un cambio
cultural que implican los valores transmitidos
en los nuevos códigos y el sistema penal. El
nuevo procedimiento está orientado a lograr más
transparencia y oralidad, con participación de la
ciudadanía.
El modelo acusatorio, establece como
parámetro fundamental la imparcialidad del
juez (órgano jurisdiccional), autoridad que deja
de "investigar" y se dedica sólo a "juzgar". El
Ministerio Público, órgano judicial autónomo,
con la objetividad de actuación como regla
principal, tiene bajo su directa responsabilidad
dos de las tres etapas fundamentales del proceso
penal: la investigación fi scal preparatoria y la
etapa intermedia (acusación y su fundamento
ante el Juez). Así, el Ministerio Público investiga
los hechos punibles de acción pública y asume el
rol acusador (es el elemento activo-dinámico de
la justicia penal de acción pública) (Ministerio
Público en línea, 2011)
Los principales objetivos del Ministerio Público
son:
• Desarrollar una cultura institucional de
servicios, centrada en la defensa de los
derechos de la ciudadanía.
• Desarrollar procesos de gestión efi cientes.
• Desarrollar una organización abierta y
confi able.
En el año 2009, el Ministerio Público presenta
un Plan Estratégico Institucional como guía para
la acción, unifi cando criterios y voluntades en
torno a los cambios proyectados, señalando la
ruta para alcanzarlos. Sobre tres ejes estratégicos:
• Sensibilidad a la demanda social
• Efi ciencia de Gestión
• Transparencia y acceso a la información
El Ministerio Público representa a la sociedad
ante los órganos jurisdiccionales del Estado,
gozando de autonomía funcional y administrativa
en el cumplimiento de sus deberes y atribuciones.
Lo ejercen el Fiscal General del Estado y los
Agentes Fiscales, en la forma determinada por la
ley. (Art. 266 de la Constitución Nacional).
Corresponde al Ministerio Público, por medio
de los agentes fi scales, funcionarios designados
y sus órganos auxiliares dirigir la investigación
de los hechos punibles y promover la acción
pública. Con este propósito realizará todos lo
sactos necesarios para preparar la acusación
y participar en el procedimiento, conforme a
las disposiciones previstas en este Código y en
su ley orgánica. Tendrá a su cargo la dirección
funcional y el control de los funcionarios y de
las reparticiones de la Policía Nacional, en tanto
se los asigne a la investigación de determinados
hechos punibles. (Art. 52, del CPP)
El objetivo del Ministerio Público se funda
en las obligaciones constitucionales y legales
precisadas en la diversidad de cuerpos legales
4
. Paraguay. Ministerio Público. Consultado el 10 de mayo
de 2011. Disponible en:www.ministeriopublico.gov.
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